Resumen: La sentencia de instancia condenó a los acusados como autores de un delito de agresión sexual y como cooperadores necesarios de un delito de agresión sexual. Recurrió la defensa, alegando vulneración del derecho a obtener una resolución motivada y de la presunción de inocencia. La sala desestima el recurso. La sentencia está debidamente motivada, dado que se exponen de manera clara los motivos que han llevado al tribunal de instancia a otorgar credibilidad al testimonio de la perjudicada, permitiendo a las partes conocer y combatir los razonamientos expuestos por el tribunal "a quo" para rechazar sus pretensiones. Los hechos están probados con base en el testimonio de la víctima, concluyendo que constituye prueba de cargo con potencial para desvirtuar el principio de presunción de inocencia, en función de su credibilidad y fiabilidad, existiendo múltiples datos que corroboran el testimonio de la víctima, habiéndose conformado una prueba de cargo válida y con suficiente carga incriminatoria. Por su parte, concurren los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal aplicado a cada uno de los acusados, como autores de un delito de agresión sexual agravada por la presencia de dos o más personas, y como cooperadores en la conducta de penetración vaginal del otro, al colaborar con su presencia, creando un ambiente intimidatorio que anula la capacidad de resistencia del sujeto pasivo. Por ello, se confirma la sentencia apelada.
Resumen: Organización dedicada a la introducción de cocaína y hachís en Europa y su distribución posterior. Corrupción a guardias civiles encargados de supervisar y dirigir la entrada de la droga por el puerto de Algeciras. Conformidad de varios de los acusados, acompañada de prueba documental, prueba testifical, los resultados de las entradas y registros, y la localización de sustancias estupefacientes debidamente analizadas mediante dictámenes periciales. Actuación de agentes encubiertos realizada con todas las garantías. Intervención de comunicaciones: resoluciones judiciales de autorización de intervención que contienen una motivación detallada acerca del cumplimiento de los principios de especialidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Instalación de dispositivos de geolocalización y sonorización de los vehículos realizada cumpliendo los requisitos legales. Delito de pertenencia a organización criminal. Delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas, tratándose de sustancia que causa grave daño a la salud (cocaína), en cantidades de notoria importancia y extrema gravedad, cometidos por personas pertenecientes a organización criminal. Delito de tenencia ilícita de armas de fuego. Delito continuado de falsificación de documentos de identidad . Atenuante analógica de confesión tardía. Atenuante de drogadicción inaplicable.
Resumen: Resulta constatado que la sociedad aquí recurrente, presentó la solicitud de ayuda post covide-19, en la cual declaraba que había sufrido un resultado negativo en el año 2019 a consecuencia de la quiebra de Thomas Cook. El Administrador tributario de la Agencia Tributaria Illes Balears, tanto al informar la solicitud como también en sede de recurso de reposición, apreció que en el supuesto de empresarios afectados por la situación concursal del turoperador Thomas Cook, quedaban exonerados el cumplimiento del requisito consistente en la obtención de un resultado contable positivo en el año 2019 por el art. 2 B 2 a) de la Orden Conjunta, pero sin embargo debía concurrir la condición prevista en el art. 2 B 1 b), esto es, la acreditación de una caída del volumen de operaciones en el año 2020 de más del 30% respecto del ejercicio del 2019, teniendo en cuenta el resultado consignado en el IVA o impuesto indirecto análogo. Como quiera que la caída de operaciones no superaba el porcentaje del 30% del montante alcanzado en el año 2019, no resultaba procedente la concesión de la ayuda interesada, debiendo desestimarse el recurso contencioso.